La Dirección General asegura que tendrán en cuenta todos los principios marcados por los tribunales de distintas instancias donde se garantiza la igualdad, mérito y capacidad de todos los aspirantes.
Las asociaciones de la Prensa de Badajoz, Cáceres y Mérida, habían pedido a la Directora General y al Consejo de Administración la modificación de la base sexta de la convocatoria de la Bolsa de Trabajo publicada en el DOE el 19 de junio de 2015, para que se valoraran por igual los méritos de los aspirantes, tanto si habían trabajado en medios públicos como privados.
A petición del Consejo, la Dirección General emitió un informe en que se explican los motivos técnicos que impiden la modificación de esa base en el actual proceso.
No obstante, el Consejo de Administración de Canal Extremadura, ha trasladado la petición de las asociaciones extremeñas de la prensapara que pueda ser tenida en cuenta para próximas convocatorias.
El informe, firmado por el secretario general de la corporación, Miguel Ángel Campos Rodas, se basa en la sentencia del Tribunal Supremo, Sec. 7ª, 22/5/2012, RC 2574/2011, que indica que las bases de una convocatoria vinculan tanto a la Administración como a sus aspirantes y son “la Ley del concurso” para todos ellos, no pudiendo dejarse sin efecto por ninguna de las partes en virtud de hipotéticas facultades interpretativas.
También se refiere a una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Asturias sobre la valoración de méritos para las bolsas de empleo.
Añade, “para más abundamiento”, que estas bases “no han sido objeto de impugnación durante todo el proceso selectivo por parte de los aspirantes o instituciones públicas o privadas”
El informe termina diciendo que para próximas convocatorias de empleo, ya sea para personal fijo o temporal, se tendrán en cuenta todos los principios marcados por los tribunales de distintas instancias donde se garantizan los principios de igualdad, mérito y capacidad de todos los aspirantes.